
05 Dic ¿Qué necesito para casarme por la iglesia?
Para aquellos novios creyentes que desean tener una boda religiosa, hay que tener en cuenta que, en este tipo de bodas, también se requiere de una serie de trámites legales y eclesiásticos que se deben hacer.

Casarme por la iglesia. Kozinart, catering Madrid
Lo mejor es acudir lo antes posible, antes de decidir la fecha de la boda, a la parroquia y hablar con el párroco. Se puede exponer el caso de cada pareja (solteros, viudos, divorciados, con hijos en común…) para que el párroco os aconseje sobre cuáles son los tramites que se deben realizar, según el caso.
Cada diócesis tiene una serie de requisitos que, aunque normalmente suelen ser los mismos de una diócesis a otra, conviene consultar con el párroco para verificar.
Si el párroco da el visto bueno en vuestro caso, se puede reservar la fecha de la boda, pero habrá que esperar como mínimo 6 meses antes a esa fecha, para solicitar la documentación, ya que tienen 6 meses de validez legal. Por lo que no es conveniente pedirlos con demasiada antelación, ya que caducarían y habría que volverlos a pedir.
¿Y si alguno de los novios o los dos están divorciados de otros matrimonios anteriores?
El matrimonio por la iglesia se podrá hacer si han solicitado la nulidad eclesiástica, si la boda anterior fue religiosa; y si la boda anterior fue civil, no hará falta adicional “ante la iglesia, una boda civil es nula. Si alguien se casa por lo civil y se divorcia, sigue siendo soltero/a ante los ojos de Dios”.
Cabe señalar que las bodas homosexuales no están permitidas en el ámbito religioso.
Al casarme ¿Quién se encarga de todo el papeleo?
Normalmente, el párroco se encarga de todo el papeleo, salvo en casos como libro de familia existente por tener ya un hijo en común. En este caso, una vez que se hayan casado, el párroco certificará el matrimonio, y con ese certificado, la pareja irá al Registro Civil donde pertenezcan o vivan, y terminarán de rellenar el espacio de matrimonio en su Libro de Familia.
Si los dos novios pertenecen a la misma diócesis, el párroco podrá hacer todos los tramites, pero si uno de los novios o los dos, pertenecen a otra diócesis, deberán solicitar algunos trámites en su parroquia, donde se bautizaron. Hay que tener en cuenta que una diócesis no se establece por provincia, sino por zonas establecidas de diferente forma. Mejor consultar.
Documentación necesaria para hacer el expediente matrimonial eclesiástico
- Fotocopia carnet de identidad o pasaporte.
- Certificado de nacimiento que se facilita en el Registro Civil donde nació cada uno.
- Fe de bautismo en la parroquia donde se bautizó cada uno.
- Libro de familia de los dos con nombres de los padres. Si ya tienen un hijo en común, ese mismo libro de familia que les dieron cuando registraron al bebé.
- Asistir a un cursillo prematrimonial, normalmente, es un fin de semana, sábado y domingo unas horas.
- En caso de divorcio de matrimonio anterior:
- Se deberá adjuntar una fotocopia de sentencia de divorcio o copia de la nulidad eclesiástica.
- En caso de viudedad por alguna o ambas partes:
- Certificado de defunción del anterior cónyuge.
- Certificado del anterior matrimonio.
- Se debe tener en cuenta que, al contraer de nuevo matrimonio, se renuncia a la pensión de viudedad.

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Padrinos
Los padrinos (no testigos) de la boda, deben ser un hombre y una mujer, mayores de 16 años. Normalmente, es el padre de la novia y la madre del novio, o los hijos si son los novios ya mayores.
Pero puede haber el caso de novios huérfanos o de padres divorciados. Por lo tanto, si es el caso de que los novios solo tengan a dos mujeres o dos hombres para hacer de padrinos, deberán ponerse todos de acuerdo, ya que solo podría uno o una, hacer de madrina o padrino. También puede optar a este cargo un hermano, una prima o el mejor amigo.
Testigos para hacer el expediente matrimonial eclesiástico
Para tramitar el expediente matrimonial, los novios deberán acudir con dos testigos, que no sean familia y que sean mayores de edad, que conozcan de años a los novios. Ellos certificarán que los novios pueden casarse, ya sea porque son solteros, estén divorciados por anterior boda civil o tengan la nulidad eclesiástica, o sean viudos. Que no es matrimonio de conveniencia y que no son forzados a casarse.
Finalmente, y todo reunido, ya se puede hacer el expediente matrimonial
El párroco les dará a los novios una cita para tramitar el expediente matrimonial, cuando todos los requisitos anteriores se hayan pedido y solicitado, para que acudan ellos y los testigos y así, tener ya vía libre para celebrar una preciosa boda religiosa.
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